B.O.P.V.: 16.09.2021
Entrada en vigor: 17.09.2021
Objetivo.
El objeto de la presente convocatoria es la concesión de subvenciones, destinadas al desarrollo, por centros docentes privados concertados de la CAPV que impartan ciclos formativos de Formación Profesional, de programas de formación profesional dual en régimen de alternancia durante el curso 2021-2022 autorizados por resolución del Viceconsejero de Formación Profesional, con anterioridad a la presentación de la solicitud de subvención en la presente convocatoria.
Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las personas o entidades titulares de los centros docentes de la CAPV que impartan ciclos formativos de Formación Profesional Básica, de grado medio o de grado superior en régimen de concierto que cumplan con los siguientes requisitos:
- Tener concertado algún ciclo formativo de formación profesional básica, de grado medio o superior durante el curso 2021-2022.
- Tener aprobado y autorizado el programa de formación profesional dual en régimen de alternancia, elaborado conjuntamente entre el centro de formación profesional y la empresa participante, para el curso 2021-2022.
Actividades y gastos subvencionables.
La actividad financiable es la realización por parte del profesorado del centro de las funciones de tutoría durante la estancia del alumnado en la empresa.
Podrán ser subvencionables los costes de los programas que combinen los procesos de aprendizaje y enseñanza propios de los centros educativos con instalaciones, metodología y recursos de las empresas, cuya finalidad sea la obtención de un título de formación profesional.
Los costes económicos objeto de subvención son los correspondientes al desempeño de las actividades de intermediación, gestión y tutoría (material fungible, material didáctico, material de evaluación, gastos por desplazamientos de tutores y tutoras).
Forma y plazo de presentación de solicitudes.
Las solicitudes deberán presentarse por medios electrónicos en la Sede electrónica de la Administración Pública de la CAPV.
Los interesados deberán solicitar, consultar y realizar todos los trámites de este procedimiento utilizando medios electrónicos, en la siguiente dirección: https://www.euskadi.eus/servicios/0120509
Las solicitudes se presentarán en la sede electrónica de la Administración Pública de la CAPV en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a la publicación de la presente Orden en el BOPV.