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Boletín: Diciembre 2021

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Malta

SE PRORROGAN CIERTOS INCENTIVOS FISCALES RELACIONADOS CON EL IMPUESTO SOBRE TRANSMISIONES PATRIMONIALES

En fechas recientes, se ha aprobado la Orden Legal 460 de 2021, la cual introduce los mecanismos legislativos necesarios y las modificaciones de la legislación correspondiente para prorrogar ciertos incentivos fiscales.

El «Régimen de compradores por primera vez» se ha prorrogado un año más, de modo que las transmisiones de inmuebles realizadas hasta el 1 de enero de 2023 seguirán beneficiándose de la exención en el Impuesto sobre Transmisiones Onerosas. De acuerdo con este régimen, no se aplica el Impuesto sobre Transmisiones Onerosas a los primeros 150.000 Euros del valor de la transferencia en el caso de que el comprador adquiera su primera vivienda en Malta con la intención de destinarla a su vivienda habitual.

Además, también se ha prorrogado por un año más el «Régimen de compradores por segunda vez».

El tipo impositivo reducido sobre las donaciones de valores negociables también se prorrogará un año más. Las transmisiones gratuitas realizadas antes del 1 de enero de 2023 estarán sujetas a un tipo impositivo reducido del Impuesto sobre Transmisiones Onerosas del 1,5%.


Portugal

SE APRUEBAN NUEVOS TIPOS DE RETENCIÓN APLICABLE A LAS RENTAS DEL TRABAJO

El pasado 2 de diciembre de 2021, se publicó la Orden Nº 11943-A/2021, en la que se establecen los nuevos tipos de retención aplicables a las rentas del trabajo aplicables a partir del 1 de enero de 2022.

Los tipos de retención se aplican a las rentas obtenidas por los contribuyentes residentes en Portugal continental (es decir, no se aplican a los residentes en las Regiones Autónomas de Azores y Madeira) durante el año 2022.


Países Bajos

SE PROPONE APROBAR UN TIPO DE RETENCIÓN DE SALIDA A LOS DIVIDENDOS

El pasado 8 de diciembre de 2021, la oposición del gobierno propuso introducir una nueva retención de salida aplicable a dividendos.

Las modificaciones propuestas más importantes son las siguientes

  • La retención de salida sólo se impondrá a los inversores residentes en Estados no pertenecientes al EEE/UE, con los que los Países Bajos no tienen ningún tratado fiscal.
  • La retención de salida a dividendos sólo se impondrá si una empresa transfiere su residencia fiscal a un Estado no perteneciente al EEE/UE, que no impone un impuesto sobre los dividendos o concede un incremento en el momento en que la empresa se convierte en residente de ese Estado, como resultado de lo cual las reservas de beneficios de la empresa transferida se consideran capital desembolsado.
  • La retención de salida no se percibirá mediante un gravamen adicional de conservación, sino que será exigible inmediatamente en el momento en que la sociedad abandone los Países Bajos, sin posibilidad de aplazamiento o exención del impuesto.

El proyecto de Ley se aplicará con carácter retroactivo a partir del 8 de diciembre de 2021 una vez que se haya aprobado.


Eslovenia

SE SIMPLIFICAN LOS PROCEDIMIENTOS FISCALES

El Gobierno ha presentado recientemente a la Asamblea Nacional un proyecto de Ley de modificación de la Ley de Procedimiento Tributario destinado a simplificar y acelerar los procedimientos administrativos, garantizar una aplicación transparente y eficaz de los mismos, eliminar las cargas administrativas y los costes asociados, y facilitar el cumplimiento de las normas.

El proyecto de Ley prevé las siguientes medidas:

  • Medidas para simplificar y acelerar los procedimientos de reclamación de derechos y beneficios legales: las autoridades fiscales estarán obligadas a emitir resoluciones vinculantes en un plazo de 3 meses desde la notificación por parte de las autoridades fiscales (actualmente 6 meses).
  • Nuevas medidas para simplificar el pago o el aseguramiento de la deuda tributaria: los contribuyentes particulares y empresariales tendrán derecho a pagar los impuestos adeudados en seis plazos mensuales sin necesidad de documentación adicional. No obstante, esta opción no se aplicará a los pagos anticipados de impuestos, a las retenciones y a las cotizaciones a la seguridad social.
  • Opciones adicionales para cumplir con las obligaciones fiscales sin sanciones después de no cumplir el plazo: los contribuyentes podrán presentar declaraciones de impuestos o declaraciones de impuestos sobre la base de la divulgación voluntaria. De este modo, no podrán ser perseguidos por fraude fiscal, siempre que presenten un instrumento de seguridad.
  • Medidas para reforzar la seguridad jurídica y la previsibilidad de la ley: los contribuyentes estarán explícitamente obligados a proporcionar información y documentación, en particular en relación con las responsabilidades y obligaciones fiscales derivadas de las transacciones transfronterizas.
  • Medidas para garantizar la transparencia, la eficacia y la correcta aplicación de los procedimientos en la práctica: introducción de la toma de decisiones colegiada de la autoridad de segunda instancia.
  • Medidas para garantizar que las decisiones en los procedimientos de inspección fiscal más exigentes se adopten dentro del plazo legal: si las autoridades fiscales no emiten una decisión en el plazo establecido, el procedimiento se interrumpirá, haya prescrito o no, y la inspección fiscal no podrá reiterarse.
  • Eliminación de barreras administrativas: normalización de los plazos para el pago anticipado del impuesto sobre la renta de las personas físicas y el pago de las cotizaciones a la seguridad social.
  • Inspección fiscal: fijación de un plazo para que las autoridades fiscales preparen las actas de las declaraciones verbales y otros documentos importantes como resultado de los procedimientos de control fiscal.

El Gobierno presentó el proyecto de Ley a la Asamblea Nacional el 26 de noviembre de 2021. Una vez adoptada, la ley entrará en vigor a los 15 días de su publicación en el Boletín Oficial.


Francia

INVERSIÓN DEL SUJETO PASIVO DEL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO EN LA IMPORTACIÓN

A partir del 1 de enero de 2022, el mecanismo de inversión del sujeto pasivo en el Impuesto sobre el valor Añadido en la importación será obligatorio y automático para todos los contribuyentes con un número de IVA intracomunitario francés válido, de acuerdo con el artículo 181 de la Ley de Finanzas para 2020 (véase Francia-4, Noticias 30 de septiembre de 2019).

Las tareas relativas a la gestión y recaudación del IVA en las importaciones se trasladan de las autoridades aduaneras a las autoridades fiscales.

En consecuencia, las empresas (independientemente de su lugar de establecimiento) que no dispongan de un número de IVA intracomunitario francés, pero que deseen realizar operaciones de importación en Francia, deberán solicitar previamente un número de IVA intracomunitario francés.

Las autoridades aduaneras han recordado a los contribuyentes la nueva aplicación obligatoria de la inversión del sujeto pasivo en la importación a través de un comunicado de prensa, complementado con una nota explicativa e instrucciones publicadas el Boletín Oficial de Aduanas.

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