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Boletín: Abril 2022

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B.O.G.: 05.04.2022
Entrada en vigor: 06.04.2022

Objeto

La digitalización o, mejor dicho, la transformación digital está cambiando radicalmente la gestión de los negocios, generando nuevas oportunidades de mejora competitiva y ofreciendo una mayor capacidad de gestión del cambio y creación de nuevo valor añadido.

El presente programa establece distintas líneas de apoyo para impulsar esta transformación de la empresa de Gipuzkoa. El programa podrá desarrollarse mediante una o varias bases específicas que abordarán su objeto desde perspectivas diversas.

La ayuda se compone de las siguientes líneas de subvención:

  • Producto 4.0: la presente línea pretende generar apoyos a la empresa guipuzcoana para acelerar el proceso en uno de estos ámbitos, el «producto 4.0», capaz de generar información, recogerla o analizarla en tiempo real y que permitirá a sus empresas clientes, o a la propia organización, una gestión avanzada basada en datos fiables y, por ello, más eficaz, ya que la empresa cada vez menos puede permitirse el cometer errores. La presente línea de ayudas apoyará proyectos dirigidos al desarrollo de nuevos productos y aplicaciones destinados al mercado de la fabricación avanzada y de la Industria 4.0 que comporten innovación, entendida esta como el desarrollo de productos o procesos (o una combinación de ambos), nuevos o mejorados, que difieren significativamente de los productos o procesos ofrecidos por la entidad solicitante.
  • Datekin: esta línea pretende acelerar entre las empresas guipuzcoanas el proceso de valorización de los datos para la transformación digital de la empresa y su modelo de negocio, apoyando la contratación externa de agentes expertos en la transformación de datos en información relevante para la toma de decisión por parte de la empresa.

Beneficiarios

Tendrán la consideración de entidades beneficiarias aquellas que reúnan los requisitos de tamaño y naturaleza que se establezcan en las bases específicas, siempre que no estén afectadas por ninguna de las prohibiciones del art.12 de la norma Foral 3/2007, de 27 de marzo, de subvenciones del Territorio Histórico de Gipuzkoa.

Actividades y gastos subvencionables

Las bases específicas de cada línea de subvención, se detallarán las actuaciones objeto de subvención y gastos susceptibles de apoyo de cada una de las líneas:

  • Producto 4.0: entre otros, se consideran subvencionables el desarrollo de productos o servicios 4.0 relacionados con:
    • Gestión y control del proceso productivo.
    • Conectividad.
    • Computación y cloud.
    • Realidad aumentada y realidad virtual.
    • Robótica avanzada.
    • Internet de las cosas (IoT).
    • Visión artificial, inspección 3D y medición avanzada.
    • Fabricación aditiva e impresión 3D.
    • Tecnologías de trazabilidad de procesos y productos.

Respecto de la segunda de las líneas, serán subvencionables los proyectos, que deberán contar con un acompañamiento experto, ajeno a la empresa, preferentemente a través de nuevas Empresas de Base Tecnológica, quienes apoyarán:

En el caso de las empresas del apartado 3.1.a:

  • En el desarrollo y/o implantación de soluciones que permitan el aprovechamiento efectivo de los datos disponibles en la empresa.

Entre otros posibles ámbitos de aplicación, podrán presentarse proyectos cuyos fines sean los de:

    • Procesos industriales inteligentes.
    • Servicios inteligentes.
    • Sistemas inteligentes de apoyo a la toma de decisiones.
    • Logística avanzada.
    • Mantenimiento predictivo.
    • Planificación inteligente.
    • Sistemas inteligentes para la optimización de los procesos de compras, stocks, ventas y marketing digital.

En el caso de las empresas del apartado 3.1.b:

  • El análisis de la situación de la captación de datos por parte de la empresa, y la definición de una hoja de ruta para la implementación de sistemas de gobernanza del dato que posibiliten una gestión adecuada de los mismos.

Forma y plazo de presentación de solicitudes

Las solicitudes, junto con el resto de documentación, deberán presentarse vía Internet, a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Gipuzkoa (https://egoitza.gipuzkoa.eus), accediendo al portal de subvenciones y cumplimentando el formulario específico disponible a estos efectos.

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BOG.

El plazo de presentación de solicitudes será de 40 días naturales, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BOG. Cuando el último día del plazo sea inhábil (sábado, domingo o los declarados festivos), se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.

En el caso de la línea de ayudas de Producto 4.0, al tener que cumplir el requisito del carácter incentivador de las ayudas, los proyectos no podrán haberse iniciado antes de la presentación de la solicitud de ayuda.

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