B.O.P.V: 14.10.2022
Entrada en vigor: 15.10.2022
Objeto
La presente Orden tiene por objeto convocar y regular un programa de ayudas, para apoyar proyectos de implantación de tecnologías 5G dirigidos a acelerar su adopción dentro del ámbito empresarial, y cuya ejecución sirva de referencia para proyectos similares. Los casos de uso asociados a estos proyectos deberán contemplar la implantación de soluciones/ tecnologías 5G disponibles en el mercado, y aplicables a la actividad operativa de las empresas.
Beneficiarios
Podrán acceder a las ayudas contempladas en el presente Programa las personas físicas y jurídicas que realicen actividad empresarial, independientemente del tamaño de la empresa, que dispongan de un centro de actividad en la CAPV, en el que realizarán la actuación subvencionable.
Actividades y gastos subvencionables
Serán subvencionables los Proyectos de implantación de tecnologías 5G en empresas de la CAPV, que tengan efecto de ejemplo y que permitan activar la oferta y la demanda de esta tecnología en Euskadi, para lograr mejorar la competitividad de las empresas. Los proyectos deberán ser de alguna de las siguientes tipologías:
- Uso de redes 5G en sensórica, comunicaciones inalámbricas y procesamiento de datos de plantas industriales.
- Uso de red 5G en proyectos relacionados con las tecnologías de Industria 4.0 (Ciberseguridad, Visión Artificial, Robótica Colaborativa, etc.).
- Uso de redes 5G en proyectos de movilidad, vehículo autónomo-conectado, redes de transporte inteligente, Logística-optimización cadena de suministro, etc.
- Uso de redes 5G en proyectos relacionados con la transición energético- medioambiental (Monitorización de redes, Reducción de Consumo, Eficiencia Energética, Gestión Medioambiental, etc.).
- Uso de red 5G en proyectos relacionados con la transición socio-sanitaria (Ambulancia Conectada, Intervenciones quirúrgicas remotas, etc.).
Forma y plazo de presentación de solicitudes
Las solicitudes, requerimientos y notificaciones, así como las demás gestiones implicadas en esta convocatoria de concesión de ayudas reguladas por la presente Orden se efectuarán por medios electrónicos
El plazo de presentación de las solicitudes de ayuda se iniciará el día siguiente a la publicación de las presentes bases en el BOPV y finalizará el 30 de noviembre de 2022. No obstante, la atención técnica a los solicitantes finalizará a las 15:00 horas (hora peninsular española) del día 30 de noviembre de 2022.