En línea con la Decisión del Comité Europeo de Derechos Sociales, de 20 de marzo de 2024, el Comité de Ministros considera que la actual regulación española en materia de indemnización por despido improcedente no se ajusta a lo dispuesto en el artículo 24 de la Carta Social Europea. En tal sentido, recomienda que España modifique dicha regulación, de forma que la indemnización, en caso de despido ilegítimo, compense adecuadamente al trabajador y sea disuasiva para el empleador.
En la misma línea, el Tribunal Supremo se pronunciará sobre esta cuestión durante el mes de diciembre, abordando la procedencia o no de una indemnización adicional a la legalmente tasada en caso de despido improcedente.