Seleccionar página

Boletín: Diciembre 2024

Volver

La Agencia Española de Protección de Datos (en adelante, “AEPD”) ha impuesto una multa de 100.000 euros a una comercializadora eléctrica tras constatar la cesión indebida de datos personales de un particular a otra empresa del sector (PS-00245-2024 de la AEPD). La cesión de datos se realizó con el objetivo de formalizar un contrato de suministro eléctrico, aunque la persona afectada no había establecido ningún tipo de relación previa con la compañía receptora de los datos.

Tras un primer requerimiento, la empresa sancionada argumentó que el incidente fue consecuencia de un error humano, consistente en que el operador responsable confundiese a dos entidades para las que prestaba servicios, lo que provocó la transmisión no autorizada de los datos personales.

 La resolución de la AEPD pone de manifiesto que:

  • La comercializadora eléctrica efectuó la cesión de los datos sin base de licitud.
  • El hecho de que el error provenga de un operador de la organización no exime de responsabilidad a la empresa, ya que el tratamiento indebido de datos se llevó a cabo y no estaba justificado.

Diseña tu trayectoria profesional con nosotros.

Da el primer paso y pon tu talento en acción.

Lur by LKS Next

Te contactamos
+

¿Cómo puedo ayudarte?

Escribe tus dudas sobre la nueva Directiva en sostenibilidad (CSRD) o selecciona alguna de las siguientes preguntas para descubrir cómo afrontar los retos que plantea esta regulación para las empresas.

¿A qué tamaño de empresas aplica la directiva y cuándo deben presentar sus informes en función del tamaño?
¿Cuáles son los principales cambios para las empresas que trae consigo la nueva directiva?
¿Qué es la doble materialidad?

Debes escribir algo para poder enviar

Lur puede cometer errores. Considera verificar la información importante.

Contacto

¿Te gustaría saber más sobre nuestros servicios?

CONTÁCTANOS