La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública ha confirmado, en una resolución del 12 de noviembre de 2024, la calificación de un registrador mercantil que rechazó el depósito de cuentas anuales de una sociedad. El motivo fue la incorrecta cumplimentación de la declaración de titularidad real, al no ajustar la fecha de la declaración a la de la aprobación de las cuentas, sino a la fecha de cierre del ejercicio.
La resolución destaca que la información sobre los titulares reales debe referirse a la situación vigente en el momento de la aprobación de las cuentas, según el Reglamento de la Ley 10/2010 y las normativas más recientes. También subraya que la cumplimentación del modelo es obligatoria, incluso si no hay cambios en los datos de la sociedad.
Además, se resalta la modificación de los formularios en 2023, que incluyen campos adicionales para identificar mejor a los titulares reales y sus formas de control sobre la sociedad. Aunque se reconoce la importancia de mantener la información actualizada, se sugiere que, en el futuro, se pueda simplificar el proceso para las sociedades que no hayan experimentado cambios en la titularidad real.
La resolución también reafirma la necesidad de que los datos sean precisos y adecuados, tal y como lo exige el Real Decreto 609/2023, y cita la Sentencia del Tribunal Supremo de 10 de octubre de 2024 como base de su decisión.