Seleccionar página
Volver

El pasado 20 de noviembre de 2024, se publicaba en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. Es el nuevo reglamento de la Ley de Extranjería, que entra en vigor el 20 de mayo de 2025

Según el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, el nuevo texto, siguiendo las recomendaciones del Banco de España y de la AIReF (Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal), busca la regularización de 300.000 personas al año durante los siguientes tres años.

En lo que respecta a las modificaciones más relevantes, en el nuevo texto se acortan plazos y tramites y se suprimen duplicidades del actual régimen, más restrictivo en la contratación de personas trabajadoras extranjeras.

Por ello, la reforma, se erige como una herramienta eficaz para que las empresas encuentren a los profesionales necesarios, combinando tres principios básicos a) Trabajo, b) Formación y c) Familia.

Se amplía de 3 a 12 meses la duración del visado para la búsqueda de empleo. Esta medida permitirá que personas extranjeras que hayan solicitado este visado puedan buscar empleo en España durante más tiempo.

También, se amplía la duración de las autorizaciones de estancia para realizar estudios superiores a la duración de la titulación. Si a ello se le sumamos que esta autorización permite trabajar durante 30 horas semanales, se convierte en un cambio relevante para compaginar empleo y formación. Además, una vez acabada la formación, se facilita el acceso a una autorización de trabajo.

Autorizaciones excepcionales

El nuevo reglamento crea un nuevo elenco de autorizaciones excepcionales por arraigo para facilitar la regularización de las personas extranjeras que ya permanecen en España.

A los supuestos de arraigo familiar, formativo social y laboral actuales se añade uno nuevo de Segunda oportunidad orientado para aquellas personas que con 2 años de residencia en España no hayan podido renovar su autorización de residencia. Todo ello con la finalidad de propiciar su reincorporación al mercado laboral.

Con carácter general las autorizaciones iniciales de arraigo permitirán trabajar por cuenta ajena y por cuenta propia acreditando un periodo de permanencia de 2 años en España (antes lo habitual eran 3). Su duración será de un año renovable por otros 4 años (excepto las de arraigo familiar que tendrán una duración inicial de 5 años).

Por lo tanto, la apuesta del Gobierno seguirá siendo aumentar el número de personas regularizadas anualmente a través de estas autorizaciones de arraigo, facilitando sus requisitos, y acelerando su alta como cotizantes en la Seguridad Social. Todo ello, con el objetivo de que el número de personas regularizadas pase a ser la de 300.000 anteriormente indicada.

Se crea expresamente una autorización inicial para familiares de españoles que permite la residencia y el trabajo a ciudadanos extranjeros familiares de españoles.

Técnicamente se han separado los supuestos de arraigo familiar que afectaban a los familiares de ciudadanos españoles para incluirlos en una autorización específica. Ello con la finalidad de dar un tratamiento específico a este colectivo.

La novedad de esta autorización es que se amplía la edad de los hijos hasta los 26 años (antes 21), y se contemplan la posibilidad de incluir a las parejas con una relación afectiva análoga no registradas formalmente.

En definitiva, parece que la reforma abrirá las puertas a una regularización elevada de personas extranjeras que ya permanecen en España y de aquellas personas extranjeras con vínculos familiares con personas españolas. Asimismo, la reforma ahonda en facilitar el acceso al mercado laboral de aquellas personas a partir de la autorización de estancia por estudios y de arraigo socioformativo.

Sin duda se trata de una reforma de requisitos y condiciones para la regularización de las personas extranjeras que ya permanecen en España y de aquellas personas extranjeras con vínculos familiares con personas españolas, y que, además, puede ser una oportunidad para ayudar a superar del déficit de talento existente en nuestras empresas.

 

Comparte en tus redes sociales:

Diseña tu trayectoria profesional con nosotros.

Da el primer paso y pon tu talento en acción.

Lur by LKS Next

Te contactamos
+

¿Cómo puedo ayudarte?

Escribe tus dudas sobre la nueva Directiva en sostenibilidad (CSRD) o selecciona alguna de las siguientes preguntas para descubrir cómo afrontar los retos que plantea esta regulación para las empresas.

¿A qué tamaño de empresas aplica la directiva y cuándo deben presentar sus informes en función del tamaño?
¿Cuáles son los principales cambios para las empresas que trae consigo la nueva directiva?
¿Qué es la doble materialidad?

Debes escribir algo para poder enviar

Lur puede cometer errores. Considera verificar la información importante.

Contacto

¿Te gustaría saber más sobre nuestros servicios?

CONTÁCTANOS