Seleccionar página

Boletín: Octubre 2022

Volver

La sentencia 1231/2022 del Tribunal Supremo analiza un supuesto íntimamente ligado con el derecho fundamental a la libertad de información, y llama la atención que no en todos los Estados miembros de la Unión Europea es constitucionalmente necesaria la intervención judicial para el secuestro de publicaciones y, por consiguiente, no en todos ellos se plantea la cuestión de si la interrupción del acceso a páginas web exige intervención judicial.

El Tribunal Supremo declara que, si bien la Administración puede acordar por sí sola la interrupción de un sitio web, siempre que concurra alguno de los supuestos legalmente habilitantes para ello, únicamente lo puede hacer cuando el contenido no consista en ninguna información ni expresión.

Por último, la sentencia destaca que no es necesaria la autorización judicial en casos en que la Administración acuerde la interrupción del acceso a la web de venta de medicamentos no autorizados para su comercialización en nuestro país, pero dicha interrupción sólo podrá alcanzar los contenidos ilegales, pero no los contenidos informativos.

Diseña tu trayectoria profesional con nosotros.

Da el primer paso y pon tu talento en acción.

Lur by LKS Next

Te contactamos
+

¿Cómo puedo ayudarte?

Escribe tus dudas sobre la nueva Directiva en sostenibilidad (CSRD) o selecciona alguna de las siguientes preguntas para descubrir cómo afrontar los retos que plantea esta regulación para las empresas.

¿A qué tamaño de empresas aplica la directiva y cuándo deben presentar sus informes en función del tamaño?
¿Cuáles son los principales cambios para las empresas que trae consigo la nueva directiva?
¿Qué es la doble materialidad?

Debes escribir algo para poder enviar

Lur puede cometer errores. Considera verificar la información importante.

Contacto

¿Te gustaría saber más sobre nuestros servicios?

CONTÁCTANOS