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Boletín: Diciembre 2022

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B.O.P.V.: 30.12.2022
Entrada en vigor: 31.12.2022

Objeto

Es objeto de la presente convocatoria, la regulación de las ayudas a conceder para el desarrollo de acciones de reskilling y upskilling, para la formación de cualificación y recualificación de la población activa, vinculada a cualificaciones profesionales en sectores estratégicos, cuidado de las personas y zonas en riesgo de despoblación, así como para el acompañamiento para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales, en el ámbito del País Vasco

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarias de las ayudas contenidas en el presente Capítulo, cumpliendo las condiciones contempladas con carácter general en el art.15, las siguientes entidades y empresas: a) Empresas, a título individual, con centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Euskadi, que presenten Planes de formación para sus trabajadores. Las empresas podrán ser de titularidad de personas físicas, sociedades anónimas, sociedades de responsabilidad limitada y otras formas jurídicas admitidas en derecho. b) Agrupaciones empresariales, consorcios, organismos y entidades sectoriales que representen o agrupen empresas con centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Euskadi

Actividades y gastos subvencionables

Se distinguen dos procedimientos, según se trate de Planes de formación presentados por empresas, agrupaciones de empresas o entidades sin ánimo de lucro (Capítulo II) o entidades de formación (Capítulo III).

Los recursos económicos destinados a la financiación de la presente convocatoria ascienden a 3.951.352,62 euros, con cargo al crédito de pago del ejercicio 2023. Estos recursos se distribuyen entre las siguientes líneas de actuación, en función de la tipología de acciones formativas y de los beneficiarios de la subvención:

  • Línea A: 2.688.413,74 euros para la oferta modular de acciones formativas de sectores prioritarios, que se divide, a su vez en dos:
    • Línea A.1: 1.688.413,74 euros para las acciones formativas a desarrollar por empresas, agrupaciones de empresas y entidades sin ánimo de lucro, que se distribuye del siguiente modo: – 506.524,12 euros (30 %) para Planes de formación de empresas. – 1.013.048,25 euros (60 %) para Planes de formación de agrupaciones empresariales. – 168.841,37 euros (10 %) para Planes de formación de entidades sin ánimo de lucro.
    • Línea A.2: 1.000.000 euros para acciones formativas desarrollada por entidades de formación.

Esta distribución de los recursos de la línea A podrá ser objeto de modificación a los efectos de agotar el crédito presupuestario, según los términos de adjudicación de las subvenciones previstos en el artículo 7.

  • Línea B: 693.858,37 euros para la oferta modular de acciones formativas destinadas al cuidado de personas desarrolladas por entidades de formación.
  • Línea C: 569.080,51 euros para la oferta modular de acciones formativas dirigidas a personas residentes en municipios con menos de 5.000 habitantes desarrolladas por entidades de formación.

Forma y plazo de presentación de solicitudes.

La ficha informativa del procedimiento administrativo donde están disponibles las instrucciones para la tramitación, las declaraciones responsables y los modelos, y a través de la cual se accede al formulario de solicitud está accesible en la página web del gobierno vasco, así como la realización de todos los trámites posteriores, incluidas las notificaciones y justificaciones, se realizarán en la misma dirección.

El plazo de presentación de solicitudes será del día 16 de enero al 16 de febrero de 2023.

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