Seleccionar página

Boletín: Noviembre 2024

Volver

Una persona trabajadora fue dada de baja por incapacidad permanente total (IPT) en diciembre de 2022, a través de la extinción de su contrato. En marzo de 2023, el INSS revocó la IPT certificando su capacidad, pero la empresa se negó a reincorporarla, alegando que el contrato estaba extinguido. El tribunal consideró que el contrato debía estar suspendido, no extinguido, porque la empresa no activó las medidas de ajuste razonable del convenio colectivo antes de la extinción. Asimismo, establece que la negativa a readmitirla tras la revocación de la incapacidad constituyó discriminación por su estado de salud. Por lo tanto, el despido fue declarado nulo, y la empresa fue condenada a readmitirla, pagar salarios de tramitación y 60.000 euros por daños morales debido a la discriminación sufrida y el perjuicio económico ocasionado.

Diseña tu trayectoria profesional con nosotros.

Da el primer paso y pon tu talento en acción.

Lur by LKS Next

Te contactamos
+

¿Cómo puedo ayudarte?

Escribe tus dudas sobre la nueva Directiva en sostenibilidad (CSRD) o selecciona alguna de las siguientes preguntas para descubrir cómo afrontar los retos que plantea esta regulación para las empresas.

¿A qué tamaño de empresas aplica la directiva y cuándo deben presentar sus informes en función del tamaño?
¿Cuáles son los principales cambios para las empresas que trae consigo la nueva directiva?
¿Qué es la doble materialidad?

Debes escribir algo para poder enviar

Lur puede cometer errores. Considera verificar la información importante.

Contacto

¿Te gustaría saber más sobre nuestros servicios?

CONTÁCTANOS