El Consejo de Gobierno de la Diputación de Bizkaia ha aprobado este 20 de septiembre el anteproyecto de norma foral que flexibiliza los plazos para la implantación definitiva del sistema Batuz. De esta forma, el 1 de enero de 2024 solo será obligatorio para las 7.084 grandes empresas del territorio, mientras que el resto de contribuyentes lo deberá hacer gradualmente a través de ventanas semestrales hasta completar la implantación total el 1 de enero de 2026.
Con datos de finales de julio, de los 90.000 contribuyentes que deberían implantar este sistema, solo lo habían hecho 15.000 de manera voluntaria, motivo por el que se decidió que el 1 de enero de 2024, solo fuera obligatorio para las grandes empresas.
El calendario de plazos de adopción obligatoria de Batuz propuestos por la Diputación arranca el 1 de enero de 2024 para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades que no sean microempresas, pequeñas o medianas empresas.
El 1 de julio de 2024 les toca a las personas físicas, entidades en régimen de atribución de rentas y contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades que sean microempresas, pequeñas o medianas empresas y que desarrollen actividades empresariales industriales, fabriles, de construcción y de transporte; empresariales y profesionales financieras, jurídicas, de seguros, de alquiler y resto de profesionales, excepto educación y actividades culturales.
El 1 de enero de 2025 llegará el turno para las personas físicas, entidades en régimen de atribución de rentas y contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades que sean microempresas y pymes de los sectores de hostelería, comercio, reparación de bienes muebles y peluquerías y demás servicios personales, cuyos titulares sean personas jurídicas y las entidades en régimen de atribución de rentas (ERAR) con personalidad jurídica propia.
A continuación, el 1 de julio de 2025 deberán operar ya con Batuz las personas físicas, entidades en régimen de atribución de rentas y contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades que sean microempresas y pymes de hostelería, comercio, reparación de bienes muebles y peluquerías y demás servicios personales, cuyos titulares sean personas físicas.
Finalmente, el 1 de enero de 2026 el sistema deberá ser implantado a partir de esa fecha por las entidades total y parcialmente exentas del Impuesto sobre Sociedades y sin fines lucrativos; así como contribuyentes dedicados a la agricultura, ganadería y pesca, y profesionales de la educación, servicios culturales y resto de contribuyentes.
Por otro lado, la Hacienda Foral mantiene hasta 2025 los incentivos fiscales a las personas que implanten o ya han implantado Batuz de manera voluntaria.
Junto al incentivo fiscal, se extiende a 2024 y 2025 la posibilidad de aplicar en la cuota de IRPF o Impuesto sobre Sociedades la deducción del 30% de los gastos derivados de la implantación de Batuz.