La imposición por la Administración Trump de aranceles a los productos provenientes de Canadá, Mexico, China, y que pueda resultar extensible también a los países de la Unión Europea va a traer consigo importantes consecuencias en el comercio internacional. Aunque las razones de la imposición de esos nuevos aranceles parecen responder a supuestas necesidades de política interna de EEUU, que buscan principalmente equilibrar su abultado déficit comercial, lo cierto es que su puesta en marcha abre un escenario inédito para nuestras empresas que venden sus productos en EEUU e, indirectamente, para el mercado mundial en el que se espera una leve ralentización de las transacciones internacionales. En este sentido, los expertos vaticinan que la implantación de los aranceles va a producir de inmediato en EEUU una subida de la inflación y una reducción del crecimiento económico. En el plano internacional, dicha polémica política arancelaria va a suponer una importante restricción al libre comercio, que va a perjudicar a las cadenas de suministros internacionales forjadas durante décadas, que van a tener que reconfigurarse en gran parte, a la vista del nuevo escenario comercial generado. Y, a corto plazo, la nueva política de aranceles va a poder afectar la situación comercial de las empresas que comercializan sus productos en EEUU, ya que pueden verse inmersas en una contienda arancelaria entre países perjudicados por la imposición de nuevos aranceles a sus productos, si estos se generalizan a otros países, como están anunciando algunos representantes de la Administración Trump, sin que se dispongan en muchos casos de medios específicos para neutralizar los efectos perniciosos de las nuevas circunstancias existentes.
Ciertamente no hay fórmulas mágicas que proporcionen una solución satisfactoria a tales interrogantes. No obstante, es importante destacar que la depreciación del euro frente al dólar, al margen de las consecuencias desfavorables que genera para la compra de petróleo, puede suponer un importante estímulo para nuestras empresas exportadoras que pueden ver así reforzada su posición en otros mercados internacionales al margen de EEUU. Desde una perspectiva jurídica, sería conveniente revisar todos los contratos con clientes a fin de delimitar adecuadamente el alcance de las obligaciones asumidas, precisando los compromisos contraídos con los clientes, e incluyendo cláusulas de actualización de los precios si sus productos reciben nuevos aranceles.
Es el momento, en suma, de que las empresas extremen las precauciones para que el impacto de estas decisiones de política arancelaria resulte más limitado, aunque, mucho nos tememos que van a desplegar sus efectos perniciosos, en cualquier caso. Sin embargo, habría que intentar que las empresas hicieran uso de aquellos elementos que pudieran contribuir a minimizar las consecuencias de dicha insensata política arancelaria. Y, en tal sentido, resultaría recomendable revisar el alcance y contenido de los contratos con clientes de EEUU para ajustarlos al exigente momento actual. No servirá inicialmente para sortear las dificultades generadas por el nuevo escenario, pero, en cualquier caso, permitirá que queden más definidos los compromisos con los clientes norteamericanos, y, al mismo tiempo, potenciará la apertura de otros mercados internacionales en los que no se produzcan dichas tensiones arancelarias. Esperamos, en cualquier caso, que esta incomprensible política arancelaria no perdure mucho en el tiempo y el comercio internacional vuelva a funcionar bajo parámetros basados en la libre competencia de prestaciones, al margen de cualquier distorsión comercial generada artificialmente por políticas arancelarias irresponsables.