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Boletín: Agosto 2024

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El Proyecto de Ley para reformar el artículo 49 del Estatuto de los Trabajadores y el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social propone cambios significativos en la extinción del contrato por incapacidad permanente. La reforma pretende eliminar el despido automático de los trabajadores con incapacidad permanente, estableciendo que las empresas no pueden despedir unilateralmente a estos empleados en determinadas circunstancias. Si un trabajador solicita ajustes razonables para adaptar su puesto a su nueva condición, la empresa debe considerar dicha solicitud. En caso de que los ajustes sean una carga excesiva, el trabajador tiene derecho a solicitar un cambio a otro puesto vacante que sea compatible con su situación, garantizando así una mayor protección y flexibilidad en el ámbito laboral.

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