El Gobierno ha decidido impugnar el apartado dos del artículo único, que añade las letras l) y m) al art. 7.1 de la Ley Foral 2/2018, dedicado a la exclusión de negocios jurídicos de la contratación pública. Las nuevas exclusiones se refieren a determinados “servicios jurídicos” y a los “acuerdos de adquisición pública de medicamentos”.
“El Estado ostenta competencia exclusiva en relación con “la legislación básica sobre contratos y concesiones administrativas”, de modo que la mayor parte de las previsiones de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público, tienen carácter básico y de aplicación a todas las administraciones públicas”, expone Moncloa.