El Proyecto de Ley del 16 de febrero de 2024 pretende modificar el Estatuto de los Trabajadores para transponer la Directiva (UE) 2019/1152, introduciendo cambios en el artículo 21.1 y añadiendo un nuevo apartado “bis”. El artículo 21.1, que regula el “Pacto de no concurrencia y de permanencia”, se modifica para que las empresas no puedan prohibir ni limitar la prestación de servicios para otras empresas por parte de los trabajadores. Solo se permiten restricciones por incompatibilidad basadas en causas objetivas. Además, se incluye una nueva situación en el apartado 12 del art. 8 de la LISOS que considera infracción muy grave las decisiones del empresario que supongan un trato desfavorable de los trabajadores en situación de pluriempleo. Finalmente, se pretende añadir un nuevo artículo 21 bis, que recoge el derecho de las personas trabajadoras a solicitar otra forma de empleo que ofrezca una previsibilidad y una seguridad mayores.
Abril 2024
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