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Boletín: Julio 2024

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Se ha condenado a la empresa que forzó el armario y la cajonera de una empleada tras su despido. La empresa deberá indemnizar a la trabajadora con 8.000 € por daños morales.

Antes de su despido, la empleada tenía un despacho con un armario y una cajonera con llave para guardar documentación de la empresa. Tras su despido, la empresa accedió a este despacho sin su presencia ni la de ningún testigo oficial, forzando el armario y la cajonera. Encontraron objetos personales y material de trabajo, pero no se levantó acta del registro ni se hizo reportaje fotográfico. La sentencia inicial declaró que esto vulneraba el derecho a la intimidad de la trabajadora.

La Sala del Tribunal Superior de Justicia aceptó el argumento de la empresa, que afirmó que el acceso era necesario y proporcional para recuperar documentación confidencial. Sin embargo, el Tribunal Supremo resolvió a favor de la trabajadora, considerando los actos de la empresa una falta grave y ordenó una indemnización de 8.000 euros. Recordaron que las sanciones deben aplicarse razonablemente, según la gravedad de la violación del derecho fundamental.

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