El 11 de enero de 2024 expiró el plazo máximo para implementar los nuevos criterios de la Agencia Española de Protección de Datos en materia de cookies. Entre otras cuestiones, la nueva Guía de cookies permite que la alternativa a los muros de cookies (cookie walls) no sea necesariamente gratuita. Por tanto, y atendiendo a los nuevos criterios de la Agencia (publicados en julio de 2023, pero de obligada implementación a partir de enero de 2024), habrá ocasiones en las que será legal que el titular del servicio web solicite al usuario un pago por rechazar las cookies (siempre y cuando garanticen el derecho de información de los usuarios, y no se establezcan precios abusivos).
A raíz del cambio de criterio, varios periódicos digitales han configurado muros de cookies, estableciendo cánones de pago para aquellos usuarios que no quieran consentir el uso de cookies. No obstante, se han identificado varias prácticas irregulares por parte de los medios digitales en lo referente a las cookies:
- Descarga de cookies, pixels y trackers con anterioridad a que el usuario preste su consentimiento para ello (es decir, sin que el usuario de la página web lleve a cabo ninguna acción).
- En caso de aceptar y consentir, los periódicos digitales no descargan únicamente aquellas cookies sobre las que informan al usuario, sino que descargan cookies adicionales.
- En caso de retirar el consentimiento, no se eliminan las cookies del navegador, y las herramientas de medición siguen perfilando la actividad del usuario en la web.
En este sentido, es de interés la sanción de 10 millones de euros que la CNIL (Autoridad de Control francesa en materia de protección de datos) impuso a Yahoo el mes pasado, por instalar cookies antes de que el usuario prestase su consentimiento o realizase cualquier acción en la página web.