B.O.B.: 27.11.2023
Entrada en vigor: 28.11.2023
Objeto
Constituyen actividad subvencionable con arreglo al presente decreto foral:
- Los gastos de preproducción de cortometrajes y largometrajes.
- Los gastos de promoción de cortometrajes y largometrajes programados en festivales internacionales reconocidos por la Federación Internacional de asociaciones de Productores Cinematográficos (FIAPF) y/o en salas comerciales de exhibición cinematográfica de la Comunidad Autónoma Vasca.
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente decreto foral en el «BOB».