La Agencia Española de Protección de Datos (en adelante, “AEPD”), ha publicado la Guía sobre tratamientos de control de presencia mediante sistemas biométricos, introduciendo en ella un importante cambio de criterio respecto de la interpretación anterior.
El documento publicado por la AEPD establece los requisitos para la utilización de datos biométricos para el control de acceso, tanto con fines laborales, como con fines no laborales, y establece las medidas que han de tenerse en cuenta para que el tratamiento de datos personales con técnicas de biometría cumpla con el Reglamento General de Protección de Datos.
En los próximos días, LKS Next Legal publicará una Circular en la que se analizarán con más detalle las implicaciones de este importante cambio de criterio de la AEPD.