El Tribunal Superior de Cataluña confirma la improcedencia del despido de una trabajadora que se dedicaba a la producción de alimentos que orinaba en utensilios de cocina destinados al consumo humano, puesto que la empleada fue captada por cámaras videovigilancia que el Tribunal calificó como nulas. Dicha prueba no cumplía los requisitos necesarios para su validez, por no haberse informado a las personas trabajadoras de la existencia de las cámaras, no haberse señalizado y, además, haberse realizado en un lugar que debe proteger la intimidad de las personas empleadas.
Octubre 2023
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