A mediados de septiembre, la Policía Nacional abría una investigación después de que unas madres denunciaran la creación de “falsos desnudos” de sus hijas mediante Inteligencia Artificial en la localidad pacense de Almendralejo.
Varias semanas después, y tras reabrirse el debate sobre la regulación, incluso penal, de la Inteligencia Artificial, la Fiscalía y la Agencia Española de Protección de Datos, cada una de ellas en el marco y en el ejercicio de sus respectivas competencias, han iniciado actuaciones en relación con estos hechos.
Hasta el momento se han presentado 22 denuncias, se han contabilizado una treintena de menores afectadas por los “falsos desnudos”, y la Policía ha identificado, al menos, a 10 menores como presuntos responsables del envío de las fotos creadas con Inteligencia Artificial.
En términos de responsabilidad jurídica, la conducta de quienes presuntamente han difundido las imágenes creadas con Inteligencia Artificial podría tener encaje en el tipo penal previsto en el art. 189 del Código Penal, es decir, la producción, distribución o difusión, por cualquier medio, de pornografía infantil, penado con prisión de 1 a 5 años.
El impacto mediático de la noticia ha supuesto que se vuelvan a abordar varias cuestiones, entre las que destacan el uso ético de la Inteligencia Artificial, la educación tecnológica, la responsabilidad penal (y de menores) a la hora de utilizar herramientas y tecnologías de este tipo, y, en general, los riesgos que comporta un uso inadecuado (y, en este caso, delictivo) de la Inteligencia Artificial.