SEGUNDA MODIFICACIÓN DE LA LEY PARA LA IGUALDAD DE MUJERES Y HOMBRES
B.O.P.V.: 17.03.2022
Entrada en vigor:18.03.2022
Efectos: en función de lo previsto en su articulado
Esta modificación tiene como fin posibilitar un gran pacto de país por la igualdad y contra la violencia machista y, en particular, reforzar y adaptar dichas políticas a las nuevas necesidades derivadas del nuevo contexto jurídico-normativo y social.
Por lo que respecta al ámbito jurídico, destaca sobremanera el Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra la mujer y la violencia doméstica (más conocido como Convenio de Estambul), el cual, desde su entrada en vigor en el Estado español en 2014, obliga a adecuar los ordenamientos jurídicos internos para garantizar la aplicación del convenio en su totalidad.