Tal y como os informamos en nuestro Boletín de Información Jurídica de enero del año pasado, el 29 de diciembre de 2021 se publicó en el BOE la Ley 21/2021, de 28 de diciembre, de garantía del poder adquisitivo de las pensiones y de otras medidas de refuerzo de la sostenibilidad financiera y social del sistema publico de pensiones.
Entre las cuestiones reguladas en la norma, se encontraba el Mecanismo de Equidad Intergeneracional cuya entrada en vigor estaba prevista para el 1 de enero de 2023.
En concreto, esta medida temporal, que se aplicará desde el año 2023 hasta el 2033, es un nuevo concepto de cotización, que consiste en un incremento de las cotizaciones sociales de un 0,6%.
De este 0,6%; en el caso de las personas trabajadoras por cuenta ajena: 0,5% correrá a cargo del empresario y el 0,1% de las personas trabajadoras, mientras que en el caso de las personas trabajadoras por cuenta propia éstos asumirán íntegramente el incremento de cotización del 0,6%.
De esta forma, por ejemplo, aquellas personas trabajadoras que tengan un salario bruto de 1.500 euros, este nuevo concepto les va a suponer 9 euros al mes, de los cuales, 7,5 euros los abonará la empresa y los 1,5 euros restantes los asumirá la persona trabajadora.