En aras del Gobierno Corporativo y del Compliance, España debe trasponer antes del 17 de diciembre de 2021, la Directiva de la Unión Europea 2019/1937 sobre protección del denunciante.
Dicha Directiva es conocida como “whistleblowing” y regula los canales de denuncias obligatorios para empresas privadas de más de cincuenta trabajadores y para todas las organizaciones del sector público. El diseño del propio canal de denuncias también supone un desafío, ya que debe garantizarse la confidencialidad tanto del denunciante como de cualquier tercero que aparezca en la denuncia.
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