B.O.B.: 25.03.2021
Entrada en vigor: 26.03.2021
Objeto.
El objeto de este programa será, entre otras cuestiones, facilitar puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales innovadores, que aporten al tejido empresarial de Bizkaia actividades de diversificación y de nuevas tecnologías, con alto valor añadido y potencial de crecimiento, así como, facilitar el acceso de las personas emprendedoras a la información y las ayudas relacionadas con la puesta en marcha de una nueva empresa, canalizando toda la información sobre ayudas, apoyo y acompañamiento necesario para ello.
La puesta en práctica del Programa Creación de Empresas Innovadoras para 2021 se llevará a cabo a través de cuatro áreas de actuación:
- Área 1. Desarrollo de proyectos empresariales innovadores.
- Área 2. Nuevas empresas innovadoras.
- Área 3. Dinamización del ecosistema de emprendimiento.
- Área 4. Aceleración.
Beneficiarios.
Las características específicas que han de cumplir las entidades beneficiarias varía en función de cada una de las áreas.
Actividades y gastos subvencionables.
Será subvencionable, para cada una de las áreas, la realización de las siguientes actividades:
- Área 1: Será subvencionable el desarrollo y definición del proyecto de creación de la nueva empresa innovadora o de la nueva unidad de negocio en los proyectos innovadores de intraemprendimiento, según lo establecido en la base 3.1. y 3.2.
- Área 2: El hecho subvencionable consistirá en la creación de nuevas empresas innovadoras, según lo establecido en la base 3.1.
- Área 3: El hecho subvencionable consistirá en la creación de nuevas El hecho subvencionable consistirá en:
- El desarrollo de un plan de innovación colaborativo que permita a las empresas tractoras cubrir sus necesidades y retos en materia de innovación, en colaboración con las startups y con el ecosistema de emprendimiento de Bizkaia.
- El desarrollo de un proceso impulsado por la empresa tractora con el objetivo de atraer y acelerar startups en Bizkaia en los ámbitos sectoriales prioritarios de sus líneas estratégicas y de su actividad. innovadoras, según lo establecido en la base 3.1.
- Área 4: El hecho subvencionable consistirá en el desarrollo de proyectos de aceleración de empresas que supongan:
- la escalabilidad del negocio existente a nuevos mercados.
- el incremento de facturación, de empleo.
- el aumento de su competitividad.
Forma y plazo de presentación de solicitudes.
La solicitud se presentará por Internet, en el apartado «Oficina virtual de Promoción Económica» (http://www.bizkaia.eus/Sustapena-OficinaVirtual).
El plazo de presentación de solicitudes será el siguiente:
- Para las áreas 1, 2 y 4, desde el 26 de marzo hasta las 13:30 horas del 23 de abril de 2021.
- Para el área 3, desde el 26 de marzo hasta las 13:30 horas del 15 de septiembre de 2021.