B.O.P.V.: 11.08.2021
Entrada en vigor: 12.08.2021
Objeto.
El objeto de la presente ayuda será el apoyo a la actividad no económica de los Centros Tecnológicos Multifocalizados y a los Centros de Investigación Cooperativa CICs, de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación, asignándoles financiación a través de la evaluación y el análisis de los resultados de su actividad a nivel global.
Beneficiarios.
Podrán acceder a las ayudas previstas en la presente Orden los Centros Tecnológicos Multifocalizados y los Centros de Investigación Cooperativa, CICs, siempre que sean integrantes de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación, RVCTI, en virtud de lo especificado en el Decreto 109/2015, de 23 de junio, que se hallen al corriente de sus obligaciones y que no se encuentren sancionadas.
Actividades y gastos subvencionables.
La Subvención Máxima que podrá percibir cada entidad beneficiaria mediante la aplicación de este procedimiento será:
- En el caso de Centros Tecnológicos Multifocalizados, para los que se establece un 25% de financiación pública no competitiva, la SM será de hasta el 27,5% de los Ingresos de Explotación de I+D.
- En el caso de Centros de Investigación Cooperativa, CICs, para los que se establece un 50% de financiación pública no competitiva, la SM será de hasta el 55% de los Ingresos de Explotación de I+D.
- Se entenderá por financiación pública no competitiva aquella que no financia proyectos de investigación concretos, sino la actividad de I+D a nivel global de las entidades beneficiarias en base al análisis de sus resultados.
Forma y plazo de presentación de solicitudes.
El acceso a la solicitud y su cumplimentación se realizará exclusivamente través de la sede electrónica que se señala a continuación: https://www.euskadi.eus/servicios/1007808/
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará al día siguiente de su publicación en el BOPV y finalizará el 23 de septiembre de 2021.