B.O.P.V.: 28.12.2022
Entrada en vigor: 29.12.2022
Objeto
Es objeto de la presente Orden regular y convocar para este ejercicio 2023, los anticipos reintegrables destinados a impulsar la creación y desarrollo de PYMEs de base tecnológica y/o innovadoras.
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarias las Pequeñas y Medianas Empresas (PYMEs) que cumplan con la característica de ser industriales extractivas, transformadoras, productivas y de servicios conexos ligados al producto-proceso industrial y aquellas cuya actividad principal sea la convergencia e integración de los sistemas de protección ante ciberataques para entornos IT/OT (Information Technology / Operational Technology) en empresas industriales (registradas en el catálogo de ciberseguridad del Centro Vasco de Seguridad-BCSC), que se consideren de base tecnológica y/o innovadora.
Actividades y gastos subvencionables
Serán objeto de ayuda las inversiones que se inicien en el ejercicio 2023 y se realicen dentro del territorio de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Solo serán subvencionables las inversiones que se realicen a partir del momento en que se presente la solicitud, sin que en ningún caso se tomen en consideración las iniciadas antes del 1 de enero de 2023.
Las inversiones subvencionables se podrán ejecutar en un plazo máximo de 24 meses desde que se inicia la ejecución de las inversiones.
Forma y plazo de presentación de solicitudes
La ficha informativa del procedimiento administrativo donde están disponibles las instrucciones para la tramitación, las declaraciones responsables y los modelos, y a través de la cual se accede al formulario de solicitud está accesible en la dirección: https://www.euskadi.eus/servicios/0091211, así como la realización de todos los trámites posteriores, incluidas las notificaciones y justificaciones, se realizarán en la misma dirección.
El plazo de presentación de las solicitudes se iniciará el día siguiente a la publicación de esta Orden y finalizará el día 17 de abril de 2023.