B.O.E.: 24.09.2021
Entrada en vigor: 25.09.2021
Objetivo.
Estas ayudas, de carácter dinerario, financiarán proyectos de investigación industrial y de desarrollo experimental.
Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las empresas, según la definición de empresa y sus diferentes categorías, que figuran en el Anexo I del Reglamento (UE) Nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.
Actividades y gastos subvencionables.
Los proyectos subvencionables deberán estar dirigidos a :
- Inteligencia artificial: machine learning; deeplearning; neural networks;
- Internet de las Cosas (IoT);
- Tecnologías de procesamiento masivo de datos e información (Open/ Linked/Big Data);
- Computación de alto rendimiento (high performance computing);
- Computación en la nube;
- Procesamiento de lenguaje natural;
- Ciberseguridad; biometría e identidad digital;
- Blockchain (Cadena de Bloques);
- Robótica;
- Realidad virtual y aumentada, efectos especiales y simulación;
- Impresión 3D y fabricación aditiva.
Forma y plazo de presentación de solicitudes.
Los solicitantes podrán presentar solicitud únicamente por vía telemática a través de la sede electrónica de Red.es con certificado digital válido y compatible con esta, donde deberán cumplimentar el formulario electrónico que se habilitará al efecto (https://sede.red. gob.es/).
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOE.