La AEPD ha sancionado a una mercantil por falta de políticas informativas que necesariamente tiene que contener la web si se recogen, a través de formularios, datos de carácter personal y se hace un tratamiento de los mismos.
La denuncia presentada ante la AEPD se hacía constar que la página web de una mercantil “carece de política de privacidad y de aviso de cookies (así como de Aviso Legal). En la parte inferior de la página principal utiliza un formulario mediante el cual recaba datos personales, supuestamente para el envío de Newsletters, sin que sea necesario aceptar política de privacidad alguna y, por tanto, sin que se sepa qué tratamiento se va a dar a los datos recabados”.
En vista de todo ello, la AEPD manifiesta lo siguiente:
- El Considerando 60 del Reglamento General de Protección de Datos exige (en virtud de los principios de lealtad y transparencia en el tratamiento de datos), que se informe al interesado toda vez que existan operaciones de tratamiento de datos, y, en especial, sobre las finalidades de dicho tratamiento.
- El hecho de recabar datos personales mediante el formulario de suscripción a la Newsletter implica, necesariamente, la inclusión en la página web de una política de privacidad (a través del formulario de contacto y suscripción), en tanto supone un tratamiento de datos personales de aquellos potenciales suscriptores.