El pasado 28 de diciembre de 2021 se publicó en el BOE la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022 y han entrado en vigor el 1 de enero de 2022.
Las medidas más importantes, como os adelantábamos en este post, son las siguientes:
- Se introduce una regla de tributación mínima del 15% en el Impuesto sobre Sociedades para los ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2022 para entidades con un importe neto de la cifra de negocios superior a 20 millones de euros o que tributen en consolidación fiscal.
En el caso de las entidades de nueva creación, la tributación mínima será del 10%.
- Se reduce de 2.500 a 1.500 euros el importe anual máximo de aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social con derecho a deducción en el IRPF.
Se incrementa de 8.000 a 8.500 euros el límite de deducción cuando provengan de contribuciones empresariales o de aportaciones del trabajador al mismo instrumento de previsión social, si las aportaciones del trabajador igualan o son inferiores a la contribución empresarial.
- Se reduce de 2.000 a 1.500 el límite anual máximo para el conjunto de las reducciones practicadas por todas las personas que satisfagan primas a seguros privados que cubran exclusivamente el riesgo de dependencia.
- El interés legal de dinero va a seguir siendo el 3%.
- El interés de demora se mantiene en 3,75%.
- Se establece el listado de actividades prioritarias de mecenazgo y se establecen beneficios fiscales aplicables a ciertos eventos.
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