La Norma Foral 2/2022, de 10 de marzo, aprueba la nueva regulación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones que se aplicará a partir del próximo 17 de abril de 2022. Las principales novedades que incluye son las siguientes:
- Se añade que los contribuyentes por obligación real de contribuir vendrán obligados a designar una persona con residencia en Gipuzkoa para que les represente ante la Administración tributaria en relación con sus obligaciones por este impuesto.
- Se suprime la exención de las cantidades percibidas por razón de contratos de seguros sobre la vida cuando se concierten para actuar de cobertura de una obligación principal de carácter civil o mercantil.
- Se añade una exención referente a cantidades previstas por razón de los seguros sobre la vida que traigan causa en actos de terrorismo, así como en servicios prestados en misiones internacionales humanitarias o de paz de carácter público.
- Además, se introduce una nueva exención para las adquisiciones por herencia o cualquier otro título sucesorio de opciones sobre acciones o participaciones que fueron recibidas por el causante de su entidad empleadora, siempre que, en el momento de su concesión, la misma tuviera la consideración de entidad innovadora de nueva creación.
- La valoración de los usufructos temporales será del 2% anual, a diferencia la anterior normativa, en donde se calculaba proporcionalmente al valor total de los bienes en razón del 5% cada período de un año, sin exceder del 70%.
- Se establece que la Administración tributaria podrá notificar a las personas interesadas, conjuntamente y en un solo acto administrativo, la comprobación de valores realizada junto con la liquidación correspondiente.
- Se suprime el derecho de adquisición por la Diputación Foral en los supuestos de bienes y derechos que hayan sido transmitidos, en los casos en que el valor comprobado excediera en más del 100% del declarado.
Además, se habilita a la Norma Foral de Presupuestos Generales para modificar exenciones, reducciones de la base imponible, los tramos de la base liquidable y los tipos de las tarifas del ISD. Esta Norma Foral, por lo tanto, es más completa que la predecesora, incluye contenidos que anteriormente venían desarrollados reglamentariamente y recoge una serie de novedades en relación, sobre todo, con las exenciones y las reglas de valoración.
Desde el Departamento Fiscal de LKS Next Legal quedamos a vuestra disposición para aclarar cualquier duda. Asimismo, os iremos informando de todas las novedades que se vayan implementando y pudieran resultaros de interés.