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Boletín: Agosto 2022

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B.O.P.V.: 10.08.2022
Entrada en vigor: 11.08.2022

Objeto

El objeto de la presente Orden es la aprobación de las bases para la convocatoria de las ayudas que el Gobierno Vasco, a través del Departamento de Trabajo y Empleo, otorgará para para la consolidación, durante el ejercicio 2022, de las estructuras asociativas de empresas y entidades de economía social de ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco, y se efectúa su convocatoria para el año 2022.

Beneficiarios

El cumplimiento de los requisitos por parte de las entidades solicitantes debe acreditarse en el momento de la presentación de la solicitud de ayudas.

La presentación de la solicitud comporta la autorización para que la Dirección de Economía Social obtenga de forma directa la acreditación de los requisitos relativos al cumplimiento de las obligaciones tributarias y para con la Seguridad Social, salvo que se oponga de manera motivada, en cuyo caso la entidad solicitante deberá aportar las correspondientes certificaciones expedidas por las instancias administrativas de la autoridad hacendística y de la Seguridad Social competentes. El hallarse al corriente de dichas obligaciones es requisito tanto para acceder a la condición de beneficiario como para mantenerse en ella hasta la liquidación de la subvención concedida, y por tanto se verificará su cumplimiento al momento de efectuar la concesión y al realizar los pagos correspondientes.

Actividades y gastos subvencionables

Las ayudas contempladas en la presente Orden se destinarán a la financiación de los gastos de estructuras para el mantenimiento y consolidación de las entidades asociativas previstas en el art. 1 con el objetivo de cumplir con los objetivos legales y estatutariamente asignados a cada una de ellas.

A los efectos de la presente Orden tendrán la consideración de gastos subvencionables, de conformidad con lo establecido en el art. 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, los siguientes gastos de estructura:

a) Los gastos de personal al servicio de la entidad asociativa, incluyendo todos los relacionados con el puesto de trabajo y actividades derivadas del mismo.
b) Los gastos de funcionamiento, incluidos los de compensación por asistencia a Consejos Rectores y Comisiones y las cuotas abonadas a las entidades representativas en las que participe.
c) Los gastos externos relacionados con las actividades ordinarias de la estructura, tales como informes jurídicos, auditorias, defensa y protección de marcas, entre otros.
d) El importe de las amortizaciones correspondientes al inmovilizado propiedad de la entidad.

Forma y plazo de presentación de solicitudes

La solicitud estará disponible en la sede electrónica según lo señalado en el apartado 1 del art. 4 de la presente Orden.

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 15 de septiembre de 2022, incluido.

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