EL Comité Europeo de Protección de Datos (en adelante CEPD) ha adoptado la versión final de las Directrices 05/2022 sobre el uso de tecnología de reconocimiento facial en el ámbito de aplicación de la Ley.
Las Directrices tienen como objetivo orientar a los legisladores y a las autoridades policiales en cuanto a cómo han de implementar y utilizar los sistemas de reconocimiento facial.
Estas Directrices confirman el criterio del CEPD sobre la consideración de datos biométricos como categoría de datos especiales, tanto para la identificación como para la autenticación. Recordamos que la Agencia Española de Protección de Datos (en adelante, AEPD) consideraba que únicamente se trataba de categoría especial cuando el fin era de identificación (uno a varios) y no de autenticación (uno a uno).