La Audiencia Nacional ha reafirmado que no se puede penalizar a las personas trabajadoras por ausencias debido a incapacidad temporal (IT) en el cálculo de la retribución variable, según lo dispuesto por la Ley 15/2022, que prohíbe la discriminación por enfermedad. En su sentencia del 28 de octubre de 2024, la AN estima la demanda y declara que no se pueden aplicar reducciones en la retribución variable por IT, ausencias por fuerza mayor, permisos no retribuidos o sanciones disciplinarias. La empresa deberá abonar las cantidades no pagadas por objetivos debido a estas ausencias, sin imponer costas. Además, la Audiencia recordó que ya se había pronunciado anteriormente sobre la discriminación por motivo de enfermedad en casos similares.
Noviembre 2024
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