La STS 21 de noviembre 2023 se refiere al ámbito de aplicación de la reducción de jornada por cuidado de hijo/a y, en concreto, ha dictaminado que el derecho a la reducción de jornada por guarda legal de un menor no lleva aparejada la posibilidad de que dicha reducción se proyecte sobre el sistema de trabajo a turnos de una persona trabajadora, de modo que no permite pasar a realizar su jornada en un único turno cuando venía realizándola en turnos alternos de mañana y tarde. Con todo ello, se establece que la reducción ha de aplicarse sobre la jornada que la persona trabajadora venía realizando.
Diciembre 2023
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