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Boletín: Enero 2022

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Francia

SE MODIFICA EL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES

El pasado 1 de enero de 2022 entró en vigor la Ley de Finanzas para 2022 mediante la que se aprobaron varias modificaciones en relación con determinados impuestos.

A continuación, se resumen las principales modificaciones con relación al Impuesto sobre Sociedades:

  • Retención en la fuente para las personas jurídicas no residentes.

Para ajustarse a la legislación europea, las personas jurídicas no residentes establecidas en la UE o en el EEE que perciban ingresos no salariales de origen francés estarán sujetos a retención a cuenta según el artículo 182B del Código Fiscal francés. A partir del 1 de enero de 2022, estas sociedades podrán disfrutar de:

    • Una deducción a tanto alzado del 10% representativa de los gastos.
    • Un procedimiento de devolución si los gastos efectivamente realizados si son superiores al importe de la deducción a tanto alzado.

Este procedimiento es aplicable a las retenciones sobre los dividendos (artículo 119 bis 2 del Código Fiscal francés), sobre los ingresos no salariales (artículo 182 B del Código Fiscal francés) y sobre las sumas pagadas por servicios artísticos (artículo 182 A Bis del Código Fiscal francés).

  • Amortización del fondo de comercio.

Se introduce un régimen de amortización temporal del fondo de comercio para los activos empresariales adquiridos entre el 1 de enero de 2022 y el 31 de diciembre de 2025. Permite la deducción fiscal de la depreciación contabilizada. Para las adquisiciones realizadas fuera de este periodo, la depreciación del fondo de comercio no es deducible.

  • Deducción fiscal por gastos de I+D.

La Ley prevé la ampliación de la deducción fiscal por gastos en I+D realizados hasta el 31 de diciembre de 2024.

Además, la Ley crea un crédito fiscal para las empresas que celebren contratos de colaboración con organismos de investigación y difusión de conocimientos (ORDC). El importe del crédito fiscal es igual al 40% (incrementado al 50% para las microempresas y las PYME en el sentido de la legislación europea) del importe de los gastos facturados por los ORDC, hasta un máximo de 6 millones de euros al año.

  • Supresión de ciertos incentivos.

La Ley suprime la exención del Impuesto sobre Sociedades para las adquisiciones de empresas industriales en dificultades para los ejercicios que comiencen a partir del 1 de enero de 2022.

  • Confirmación de la reducción del tipo del Impuesto sobre Sociedades.

La Ley no modificó la senda de reducción progresiva del tipo del Impuesto sobre Sociedades establecida por la Ley de Finanzas para 2018.

Por lo tanto, a partir del 1 de enero de 2022 el tipo normal del Impuesto de Sociedades es del 25% para todas las empresas. En consecuencia, el tipo de retención sobre los dividendos de las empresas no residentes y el tipo de retención sobre los cánones se reducen al 25%.


Costa Rica

SE APRUEBAN MODIFICACIONES EN EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS

El pasado mes de diciembre de 2021, la Corte Suprema de Justicia publicó la Circular Nº 263-2021 en la que se aprueban determinadas medidas relacionadas con el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Entre las medidas aprobadas cabe destacar el importe del salario base. El gobierno de Costa Rica ha establecido que el salario base para el 2022 sea de 462.200 CRC, por lo que se mantiene en que se venía aplicando en el año 2021.

El salario base se utiliza como referencia para el cálculo de determinados impuestos, ingresos estimados, sanciones y contribuciones a la seguridad social. Se trata de una cantidad actualizada anualmente.


Argentina

MAYOR CONTROL SOBRE LOS PAGOS POR SERVICIOS AL EXTRAJERO

El pasado 7 de enero de 2022, se publicó en el Boletín Oficial la Resolución General 5135 que regula el régimen de deducibilidad de determinados gastos relacionados con servicios prestados por personas no residente en Argentina.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha establecido un sistema de autorización para que las personas físicas y jurídicas realicen pagos por servicios presados por terceros extranjeros.

Las personas físicas y jurídicas que realicen pagos por servicios en su nombre o en el de terceros para saldar obligaciones con el exterior (ya sea a partes vinculadas o no vinculadas) deberán presentar una declaración jurada en la página web de la AFIP (a través del “SIMPES”), aportando la información requerida, la cual será utilizada para evaluar la solvencia económica y financiera, siguiendo los criterios establecidos por la Resolución General 4294.

Ejemplos de pagos de servicios sujetos a este régimen de autorización (de acuerdo con la información provista en la página web de la AFIP) son:

  • Servicios financieros.
  • Servicios postales.
  • Telecomunicaciones.
  • Servicios informáticos.
  • Gestión.
  • Servicios contables y jurídicos.
  • Servicios de publicidad.

Los pagos por investigación y desarrollo y las primas de seguros se mencionan expresamente como sujetos al sistema de autorización.

Quedan excluidos los servicios de transporte y viajes, así como los pagos a plataformas digitales realizados por particulares. El sistema de autorización no se aplica a las entidades y departamentos de los Estados Federal, Provincial y Municipal.

La información proporcionada por los pagadores y la autorización para proceder a los pagos correspondientes será compartida con el Banco Central.


Brasil

SE PRORROGA LA APLICACIÓN DE LA CONTRIBUCIÓN SOCIAL SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS

El pasado 31 de enero de 2021, se publicó en el Boletín Oficial la Ley 14.288/2021, la cual determina la prorroga del régimen que regula el cálculo a tanto alzado de la Contribución Social que deben de hacer frente determinadas personas jurídicas.

La administración brasileña ha ampliado, hasta el 31 de diciembre de 2023, el período durante el cual las empresas que realizan actividades en determinados sectores empresariales (por ejemplo, empresas de construcción y obras de infraestructura, industria del automóvil, industria de maquinaria y equipos, textil, tecnología de la información, tecnología de la comunicación y servicios de transporte de mercancías) pueden optar por recaudar la Contribución Social basada en un porcentaje de sus ingresos brutos, en lugar de calcularse sobre la nómina.

Anteriormente, este régimen opcional (Contribución Social sobre Ingresos Brutos, CPRB), estaba disponible hasta el 31 de diciembre de 2021.

SE RESTAURA EL RECARGO DESTINADO PARA LA CONTRIBUCIÓN A LA FINANCIACIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL

El pasado 31 de diciembre, se publicó en el Boletín Oficial la Ley 14.288/2021, mediante la cual se restaura el recargo del 1% aplicable a la Contribución para la Financiación de la Seguridad Social.

El gobierno de Brasil ha restablecido el tipo adicional del 1% a la Contribución para la Financiación de la Seguridad Social (Contribuição para o Financiamento da Seguridade Social, COFINS) que se aplica a la importación de determinados productos. El tipo adicional del 1% a la COFINS se aplicará desde el 1 de abril de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2023.

Dicho recargo del 1% estaba previsto originalmente en el artículo de la Ley 10.865/2004. En dicho artículo también se indica el código arancelario de los productos a los que se aplica el recargo, que no se modifican. Los productos a los que se refieren los códigos arancelarios se pueden encontrar en la lista del anexo del Decreto 10.923/2021.


México

SE APRUEBA EL NUEVO VALOR DE LA UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN

El pasado 10 de enero de 2022, se publicó en el Boletín oficial el nuevo valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) para el año 2022.

El Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) ha fijado el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) para el año 2022 en los siguientes importes:

  • Valor diario: 96,22 MXN (89,62 MXN en 2021).
  • Valor mensual: MXN 2.925,09 (MXN 2.724,45 en 2021).
  • Valor anual: 35.101,08 MXN (32.693,40 MXN en 2021).

Estos valores representan un incremento del 7,36% en el valor de la UMA con respecto a la vigente del 1 de febrero de 2021 al 31 de enero de 2022.


Colombia

SE APRUEBA EL NUEVO IMPORTE DE LA UNIDAD VALOR TRIBUTARIO

El Reglamento Administrativo 140 del 25 de noviembre de 2021, aprobado recientemente y publicado en el Boletín oficial, recoge el nuevo importe de la Unidad del Valor Tributario aplicable en el ejercicio 2022.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) fijó la Unidad de Valor Tributario (UVT) en 38.004 pesos colombianos. La nueva UVT, aplicable a partir del 1 de enero de 2022, representa un incremento del 4,67% sobre la UVT vigente en 2021 (es decir, COP 36.308).

La UVT se ajusta anualmente con base en la variación acumulada del índice de precios al consumidor, la cual es certificada por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE).


China

SE AMPLIA EL PLAZO A DETERMINADOS INCENTIVOS FISCALES

El Consejo de Estado ha decidido prorrogar hasta finales de 2023 de una serie de incentivos aplicables en diferentes impuestos y tasas, incluidos los relacionados con la creación de empresas, la prevención de COVID-19 y los equipos utilizados para la protección del medio ambiente, que han expirado o expirarán en las próximas fechas.

Estos incentivos son los siguientes

  • Reducción del Impuesto sobre Sociedades al 15% (desde el tipo legal del 25%) para las empresas que operan y mantienen equipos utilizados para la protección del medio ambiente.
  • Deducciones de la base imponible en proporción al importe de la inversión para las empresas de capital riesgo y los inversores particulares que inviertan en empresas tecnológicas de nueva creación.
  • Determinadas exenciones relacionadas con el COVID-19.
  • Exención del Impuesto sobre el Valor Añadido para los viveros de empresas y los servicios de incubación prestados por los parques científicos universitarios y las plataformas de innovación, y exención del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y del Impuesto sobre el Uso del Suelo Urbano para los bienes inmuebles utilizados por estas empresas o instituciones.
  • Exención del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y del Impuesto sobre el Uso del Suelo Urbano para las empresas dedicadas al almacenamiento de productos estratégicos.
  • Etc.

Se espera que el Ministerio de Finanzas y la Administración Tributaria del Estado emitan las circulares o avisos públicos pertinentes para aplicar los citados incentivos fiscales.


Turquía

SE MODIFICA EL LÍMITE DEL IMPORTE EN LAS SOLICITUDES DE LAS DEVOLUCIONES POR RETENCIONES

El pasado 24 de enero de 2022, el gobierno turco anunció oficialmente que se han aumentado los límites de las solicitudes de devolución en efectivo de las retenciones fiscales (WHT).

De acuerdo con el anuncio del Ministerio de Hacienda y Finanzas, el límite de WHT a devolver en efectivo (que se cumplirá sin requerir ningún informe de inspección) y las garantías se incrementan de 50.000 TRY a 68.000 TRY.

Además, el límite del importe a devolver en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, basado en el Informe de certificación que debe emitir un contable público jurado que haya firmado un acuerdo de certificación con los contribuyentes, ha aumentado de 500.000 TRY a 681.000 TRY.

 

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