REGLAMENTO EUROPEO DE DISEÑO ECOLÓGICO
D.O.U.E.: 28.06.2024
Entrada en vigor: 18.07.2024
Efectos: en función de lo previsto en su articulado
DIRECTIVA DE DEBIDA DILIGENCIA EN MATERIA DE SOSTENIBILIDAD
D.O.U.E.: 05.07.2024
Entrada en vigor: 25.07.2024
Efectos: en función de lo previsto en su articulado
REGLAMENTO EUROPEO DE INTELIGENCIA ARTIFICIAL
D.O.U.E.: 12/07/2024
Entrada en vigor: 01/08/2024
Efectos: 02/08/2026 (con algunas salvedades)
El 12 de julio de 2024 se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea (en adelante, “DOUE”) el Reglamento Europeo de Inteligencia Artificial (RIA).
El Reglamento entrará en vigor el 1 de agosto de 2024, y será aplicable a partir del 2 de agosto de 2026, salvo las siguientes previsiones que serán aplicables en fechas distintas:
- 02/02/2025: disposiciones generales y prácticas de IA prohibidas.
- 02/08/2025: modelos de IA de uso general.
- 02/08/2027: obligaciones asociadas a sistemas de IA de alto riesgo asociados a productos regulados.
El RIA tiene un enfoque basado en riesgos, ya que de su articulado pueden deducirse cuatro niveles de riesgo y distintas exigencias regulatorias en función del caso de uso o finalidad del sistema de IA:
- Riesgo inaceptable, por vulneración de derechos fundamentales y valores de la Unión Europea (estos sistemas de IA se prohíben).
- Riesgo alto para la salud, la seguridad, o los derechos fundamentales (estos sistemas de IA quedan sujetos a requisitos regulatorios).
- Riesgo de suplantación, manipulación o engaño (estos sistemas de IA quedan sujetos a obligaciones de transparencia).
- Riesgo mínimo (quedan fuera del RIA, y pueden aplicarse códigos de conducta de manera voluntaria).
El RIA establece obligaciones tanto para los proveedores que desarrollan sistemas de IA incluidos dentro de su ámbito de aplicación, como para las organizaciones que utilizan dichos sistemas (que se denominan responsables del despliegue), ya sean del sector público o del sector privado.