La Audiencia Provincial de Barcelona anula un acuerdo tomado por un Consejo de Administración y un contrato debido a la violación del deber de lealtad por parte de los consejeros.
El caso, que involucra a dos familias con igual participación en una Sociedad, así como en el Consejo de Administración, versa sobre la renovación de un contrato que tenía la Sociedad con una consultora. Una de las socias de la Sociedad, es asimismo socia de la consultora en un 50%, mientras el 50% restante es propiedad de su marido. Además, esta socia está relacionada con el Presidente del Consejo de Administración.
El contrato de prestación de servicios con la consultora se renovó anticipadamente por el presidente del Consejo de Administración. Además, el Consejo de Administración adoptó posteriormente un acuerdo por el que se excluye la necesidad de someter a votación la renovación del contrato, con los únicos votos de los consejeros afectados por este conflicto de interés con la consultora, y el voto dirimente del Presidente.
El acuerdo es impugnado por los consejeros de la otra rama familiar, y la sentencia confirma la nulidad del acuerdo, así como del contrato, argumentando conflicto de intereses y violación del deber de lealtad de los consejeros.