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Boletín: Abril 2022

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B.O.G.: 13.04.2022
Entrada en vigor: 14.04.2022

Objeto

El objeto de las presentes bases es establecer las normas que han de regular la concesión de las subvenciones del programa de Internacionalización. Las subvenciones tendrán como finalidad impulsar la apertura exterior de las empresas radicadas en Gipuzkoa en el acercamiento, crecimiento y consolidación de su negocio en los mercados internacionales. El programa podrá desarrollarse mediante una o varias líneas de actuación, cuyas características se regularán en las bases específicas.

La ayuda se estructura en diversas líneas:

  • Lanzamiento internacional de nuevo producto: fomentar y promocionar la comercialización y lanzamiento en el mercado internacional de nuevo producto desarrollados por parte de las empresas guipuzcoanas.
  • Implantaciones exteriores productivas: fomentar y promocionar las implantaciones productivas aprovechando el potencial de la internacionalización como palanca de competitividad empresarial.
  • Internacionalización sectorial: facilitar la internacionalización de pequeñas empresas, impulsando acciones comerciales de carácter grupal, promovidas por entidades representativas de las cadenas de valor de Gipuzkoa.

Beneficiarios

Tendrán la consideración de entidades beneficiarias aquellas que reúnan los requisitos de tamaño y naturaleza que se establezcan en las bases específicas, siempre que reúnan los siguientes requisitos.

Actividades y gastos subvencionables

Las bases específicas de cada línea de subvención, se detallarán las actuaciones objeto de subvención y gastos susceptibles de apoyo de cada una de las líneas:

  • Lanzamiento internacional de nuevo producto: la empresa solicitante deberá acreditar que dispone un producto desarrollado recientemente, cuyo lanzamiento internacional deberá ser el objeto del proyecto a subvencionar.
  • Implantaciones exteriores productivas: apoyo a las aportaciones a recursos permanentes que las empresas guipuzcoanas destinen a la creación, ampliación o adquisición de filiales.
  • Internacionalización sectorial: serán objeto de subvención:
    • Los gastos internos de las entidades organizadoras de las actuaciones conjuntas.
    • Gastos externos en acciones significativas de marketing y comercialización: difusión, marketing, promoción, presencia en ferias, congresos o eventos relevantes, o actuaciones similares.
    • En su caso, bolsas de viaje que pudieran establecerse para las empresas asistentes, considerándose como valores máximos los aplicados por el Gobierno Vasco en sus convocatorias.

Forma y plazo de presentación de solicitudes

Las solicitudes, junto con el resto de documentación, deberán presentarse vía Internet, a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Gipuzkoa (https://egoitza.gipuzkoa.eus), accediendo al portal de subvenciones y cumplimentando el formulario específico disponible a estos efectos.

El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días naturales, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BOG. Cuando el último día del plazo sea inhábil (sábado, domingo o los declarados festivos), se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.

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