B.O.P.V.: 28.06.2021
Entrada en vigor: 29.06.2021
Objetivo.
Es objeto de la presente Orden regular y convocar para este ejercicio 2021, los anticipos reintegrables destinados a impulsar la creación y desarrollo de Pymes de base tecnológica y/o innovadoras.
Beneficiarios.
Podrán acceder a estas ayudas las siguientes entidades:
- Pequeñas y Medianas Empresas (Pymes) que cumplan con la característica de ser industriales extractivas, transformadoras, productivas y de servicios conexos ligados al producto- proceso industrial y que se consideren de base tecnológica y/o innovadora y aquellas cuya actividad principal sea la convergencia e integración de los sistemas de protección ante ciberataques para entornos IT/OT (Information Technology / Operational Technology) en empresas industriales (registradas en el catálogo de ciberseguridad del Centro Vasco de Seguridad-BCSC).
- Las empresas de los grupos empresariales, siempre que la participación accionarial entre las mismas alcance el 100 %, que desarrollen una actividad que cumpla con las características del párrafo anterior y que sean Pymes.
Actividades y gastos subvencionables.
Serán objeto de ayuda las inversiones que realicen las entidades beneficiarias dentro del territorio de la CAPV, durante un periodo de 24 meses a partir de la solicitud y/o presolicitud, si la hubieran presentado.
Se considera inversión subvencionable, a efectos del cálculo de estas ayudas, la adquisición de activos fijos que se incorporen al activo de la empresa y que se trate de alguna de las siguientes categorías, según la definición que, al efecto, establece el Plan General de Contabilidad, recogido en el Real Decreto 1514/2007 de 16 de noviembre, en los epígrafes siguientes:
- Propiedad Industrial y Patentes.
- Aplicaciones informáticas.
- Terrenos y bienes naturales.
- Construcciones.
- Instalaciones técnicas.
- Maquinaria.
- Utillaje.
- Otras instalaciones.
- Equipos para procesos de información.
Forma y plazo de presentación de solicitudes.
El acceso a la solicitud, y su cumplimentación, que se efectuará en sede electrónica, se encuentra en https://www.euskadi.eus/servicios/0091209. La presentación de las solicitudes, declaraciones responsables y demás documentos, así como la realización de trámites posteriores a la solicitud, incluidas las notificaciones, se realizarán a través de la misma dirección.
El plazo de presentación de las solicitudes se iniciará a las 09:00 horas del día siguiente a la publicación de esta Orden y finalizará a las 12:00 horas del día 15 de octubre de 2021.