Las administraciones públicas no pueden acceder a los documentos contenidos en los equipos informáticos con los que trabajan los empleados públicos sin cumplir con las exigencias de la Ley de Protección de Datos.
La AN (n.º rec. 1684/2020) confirma la sanción de la AEPD a un ayuntamiento por haber accedido al ordenador de la tesorera del consistorio, sin previo aviso y haber copiado todos sus documentos en un DVD que sirvió de prueba para abrirle un expediente disciplinario.
El control laboral de los equipos informáticos requiere la información sobre la finalidad a llevar a cabo, información que no se le proporcionó. Adicionalmente, la AN considera la falta de proporcionalidad de la medida en tanto se accedió a todas las carpetas y archivos sin discriminar su contenido y de una forma especialmente invasiva, siendo afectados todos los documentos privados de la tesorera.