El Tribunal Constitucional determina que es discriminatorio por razón de sexo negar los salarios de tramitación a una trabajadora embarazada cuyo despido se declaró nulo, extendiendo la obligación de pago de dichos salarios a los despidos nulos motivados por discriminación por razón de sexo, que incluye el embarazo como factor diferencial.
Esta decisión se basa en el hecho de que la trabajadora embarazada no solo fue privada de su derecho a la readmisión, sino que además se le negó el pago de los salarios de tramitación, colocándola en una situación de desventaja respecto a sus compañeras despedidas. Se argumenta que la interpretación restrictiva de la ley ordinaria, que niega los salarios de tramitación en casos de despido nulo, contraviene el derecho a la igualdad y no discriminación por razón de sexo. Por lo tanto, el TC ordena retrotraer las actuaciones para garantizar el derecho de la trabajadora a recibir los salarios de tramitación conforme al principio de no discriminación.